Derecho Educativo
El Derecho Educativo es el principal derecho humano

Menú

| Más
RAUL EDILBERTO SORIA VERDERA: Es abogado y docente ha escrito extensamente sobre el Derecho Educativo; trabajó en escuelas secundarias y terciarias y en el asesoramiento legal del Ministerio de Educación de Catamarca. Fue profesor titular Universitario y se formo en posgrado de Derecho Público. Participó en Congresos y Paneles y dicta cursos y seminarios sobre Derecho Educativo. Es fundador y Director del CENTRO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACION EN DERECHO EDUCATIVO. Actualmente asesora a escuelas, docentes y padres sobre normas de convivencia y consejos escolares mediante la aplicación del Plan de Derecho Educativo para la Convivencia Escolar (P.D.E.C.E.).
ESPERO TU CONTACTO, OPINIÓN O CONSULTA EN: derechoeducativo@hotmail.com

Si buscas hosting web, dominios web, correos empresariales o crear páginas web gratis, ingresa a PaginaMX
Por otro lado, si buscas crear códigos qr online ingresa al Creador de Códigos QR más potente que existe


En educación y psicología durante algún tiempo se han formulado hipótesis sobre la existencia de un factor único de habilidades referidas al contexto social, inteligencia social o competencia social. La inteligencia social es la habilidad para entender los sentimientos, pensamientos y comportamientos de las personas, incluido uno mismo, en situaciones interpersonales, y también para actuar apropiadamente de acuerdo a ese entendimiento.
 
Conocer nuestra vida emocional, saber interpretar las emociones, gestionarlas con eficacia, podrá aportar un mayor control a nuestra conducta y por tanto, como dice Daniel Goleman en La Inteligencia Emocional (Goleman,
1997),”... nos ayudará en la toma racional de decisiones, porque las emociones nos orientan en la dirección adecuada para sacar el mejor provecho a las posibilidades que nos ofrece la fría lógica”.
 
El Derecho Educativo estudia la inteligencia emocional entendiendo a esta como la capacidad de controlar y regular los sentimientos de uno mismo y de los demás y utilizarlos como vía del pensamiento y la acción.
 
Así mismo, plantearon un modelo de inteligencia emocional que abarca cinco componentes o dimensiones:
 
1. El conocimiento de las propias emociones, la capacidad de reconocer un sentimiento en el momento en que aparece.
 
2. La capacidad de controlar las emociones, adecuándose al momento.
 
3. La capacidad de motivarse uno mismo, autocontrol emocional, capacidad de demorar la gratificación y sofocar la impulsividad.
 
4. El reconocimiento de las emociones ajenas (empatía).
 
5. El control de las relaciones, habilidad para relacionarse con las emociones ajenas, eficacia interpersonal.
 
Esta inteligencia emocional, que comprende requisitos ineludibles para la creación de normas de convivencia en la escuela, la podemos definir como la capacidad de motivarnos a nosotros mismos, perseverar en el empeño a pesar de las frustraciones, controlar los impulsos, eliminar las gratificaciones, conocer y regular nuestros estados de ánimo y emociones, y la capacidad de empatía con los demás.
 
A la vista de la importancia de la inteligencia emocional para que la comunidad educativa aprenda a ser y a convivir, será necesario hacer de la escuela un lugar donde todos puedan participar; donde las decisiones se tomen con el máximo consenso, fomentando el respeto, la autonomía y la autorregulación; donde los integrantes de la comunidad escolar se impliquen en la resolución de los problemas interpersonales. La educación deberá estimular la interacción y el apoyo social entre los sujetos que habitan el ámbito escolar.
 
En un mundo en cambio acelerado ya no basta con aprender la cultura elaborada. El pensamiento, la inteligencia, la creatividad y la capacidad innovadora son recursos humanos imprescindibles en nuestra sociedad.
 
Hasta ahora, se ha considerado que la adquisición de conocimientos es el fin principal del sistema educativo y, por ello, la educación ha dedicado sus mayores esfuerzos al desarrollo cognitivo, dejando en un segundo plano la dimensión emocional de la persona.
 
Hoy, sin embargo, se pretende la formación integral de los alumnos y de las alumnas, el pleno desarrollo de su personalidad, a través no sólo del aprendizaje académico, sino de una educación que se realizará por medio de su participación activa en la creación y reforma de las normas de convivencia escolar. Así, educar es propiciar el desarrollo cognitivo y también el emocional.
 
Este desarrollo emocional supone la adquisición de una serie de competencias o habilidades basadas en la inteligencia emocional. Si consideramos con Goleman a la inteligencia emocional como una serie de capacidades potenciales o subyacentes -entre las que incluye la empatía-, las competencias emocionales serían las capacidades o habilidades adquiridas que permiten manejarse en el ámbito escolar y social.
 
Es en este contexto, donde se requiere una educación de los sentimientos cuyo objetivo es que la comunidad educativa aprenda, mediante la participación en la formulación de las normas de convivencia,  esas habilidades prácticas o competencias emocionales.
 
Desde la concepción de la educación como un todo, la educación de los sentimientos viene a recoger un amplio conjunto de contenidos: autoestima; apoyo y estimulación desde el entorno; motivación de logro; empatía e interés por los demás; convivencia desde normas y valores; educar en el diálogo, la tolerancia y la autocrítica, a ser creativos y responsables.
 
Es decir, aprender a vivir en sociedad, a respetar las diferencias, a ejercer de forma responsable la ciudadanía, la solidaridad social, el trabajo en equipo y la comprensión del otro.
 
Las normas de convivencia en el entorno escolar son indispensables para una educación de los sentimientos y de las habilidades sociales.

© 2024 Derecho Educativo