Derecho Educativo
El Derecho Educativo es el principal derecho humano

Menú

| Más
RAUL EDILBERTO SORIA VERDERA: Es abogado y docente ha escrito extensamente sobre el Derecho Educativo; trabajó en escuelas secundarias y terciarias y en el asesoramiento legal del Ministerio de Educación de Catamarca. Fue profesor titular Universitario y se formo en posgrado de Derecho Público. Participó en Congresos y Paneles y dicta cursos y seminarios sobre Derecho Educativo. Es fundador y Director del CENTRO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACION EN DERECHO EDUCATIVO. Actualmente asesora a escuelas, docentes y padres sobre normas de convivencia y consejos escolares mediante la aplicación del Plan de Derecho Educativo para la Convivencia Escolar (P.D.E.C.E.).
ESPERO TU CONTACTO, OPINIÓN O CONSULTA EN: derechoeducativo@hotmail.com

Si buscas hosting web, dominios web, correos empresariales o crear páginas web gratis, ingresa a PaginaMX
Por otro lado, si buscas crear códigos qr online ingresa al Creador de Códigos QR más potente que existe


El Derecho Educativo para la Convivencia Escolar (P.D.E.C.E),  es el proceso formativo, continúo y permanente que fundado en valores pretende desarrollar una cultura escolar que ayude a los sujetos de la comunidad educativa a crear normas de convivencia idónea para afrontar los conflictos escolares y resolverlos de forma pacífica y justa.
Se propone cambiar las normas escolares rígidas y autoritarias, por normas de convivencia basadas en el sentimiento del amor por el otro, en lograr el bien común y la formación en valores de toda la comunidad educativa.
Las normas deben contener en su esencia las tramas de sentimientos, y emociones que se generan y cultivan en la comunidad escolar, deben servir para regular la base de la afectividad humana, no se pueden concebir las normas como un herramienta para lograr el clima ideal del aprendizaje, esto lleva a sobredimensionar el régimen disciplinario, sino por el contrario las normas deben servir como una manera de aprender a convivir con el otro por medio del afecto mutuo.
Las normas deben representar el canal conductor de los sentimientos hacia uno mismo, hacia los otros, hacia la escuela y hacia la sociedad, deben ser el muestrario de los buenos sentimientos generados y desarrollados entre todos los integrantes de la comunidad educativa.
Las normas de convivencia escolar deben tener la capacidad de motivarnos y de regular adecuadamente las relaciones que tenemos con los otros integrantes de la comunidad educativa.
La nueva escuela debe asumir el compromiso no solamente de enseñar conocimiento, sino también enseñar a ser y a relacionarse por medio del las normas de convivencia escolar. Para ello debe enseñar a toda la comunidad educativa a convivir en sociedad, aprender a respetarse a sí mismo y a respetar a los demás, ejercitando la solidaridad y compasión con los más desfavorecidos.
Las normas de convivencia deben evitar –en lo posible- toda disposición de vigilancia, amenaza y/o castigo, y apelar a la concientización de cada individuo sobre el respeto mutuo para la efectividad de su cumplimiento.
Cada escuela es única, diferente, por lo que debe concebir sus propias normas, que contengan sus particularidades y su cultura regional, que sea fruto de su historia y que contenga las peculiaridades de su gente y de su entorno.
El derecho en la escuela se viste de normas de convivencia para lograr una cultura de paz, y busca dar un salto espiritual que lo transforme en herramienta indispensable del contrato social de la comunidad educativa para vivir en armonía en la escuela y en la sociedad.
Para ello debemos estar dispuesto a recrear la comunidad educativa de una nueva forma, con nuevos acuerdos basados en valores olvidados que permitan acuerdos entre los miembros que conforman la comunidad escolar que reflejen comprensión sobre la necesidad de abandonar la competencia y la lucha, y reemplazarla por paz y armonía.
Los nuevos acuerdos a lograr en la comunidad educativa deben producir normas de convivencia que lleven a la escuela y a la sociedad a dar un salto gigantesco desde donde está ahora –sumida en la violencia- y llevarla hacia una sociedad altamente evolucionada. Para lograrlo debemos plantearnos un plan que con pequeños pasos dados día tras día, nos lleve a la transformación deseada.
Las llamadas Escuelas de padres y madres (que muy bien podrían convertirse en
Escuelas de la Comunidad Educativa) tienen en sí mismas un germen de formación que puede extender sus efectos a toda la escuela.
 
Son excelentes medios de formación y actualización. Los padres y madres que acuden a ellas dan a los hijos un ejemplo de actitud positiva hacia el aprendizaje. Todos somos educables, en todos los aspectos y en todos los momentos de la vida.
 
La participación, solidaridad y compañerismo; el descubrimiento del otro, su reconocimiento y respeto en lo que sea debido, así como la discrepancia y crítica constructiva; el distribuirse responsabilidades en proyectos conjuntos y dar cuenta de las mismas, o la capacidad de valorar los comportamientos propios y ajenos a la luz de los valores propios de una ciudadanía democrática, deben fundamentarse en todos los saberes escolares que amparan esas normas de la vida en común y, al tiempo, ser vividos en la trama de relaciones y experiencias del currículo escolar, la vida en la escuela, desde la tutoría, por poner un caso, hasta en los patios de recreo, las relaciones entre profesores y alumnos y las de los alumnos entre ellos mismos, las relaciones y dinámicas de trabajo dentro de la escuela y también en sus alianzas con las familias, la comunidad y el entorno.
 
                Se trata de una forma de concretar el aprendizaje dialógico, que es el que resulta de las interacciones que produce el diálogo igualitario, esto es, un diálogo entre iguales, para llegar a consenso, con pretensiones de validez.
                El concepto pasivo que existía de gobernabilidad y democracia obviaba el efecto cambiante del contexto actual. Hoy en día, la participación activa de los ciudadanos es no sólo posible, sino también deseable como elemento imprescindible para la democracia y de refuerzo de dicha gobernabilidad. No es posible una comunidad abierta, sin individuos reflexivos y autónomos, críticos y constructivos, pues sólo de ese modo puede hacerse posible su transformación.
Es preciso, entonces, la formación de los ciudadanos en aquel conjunto de virtudes y carácter (hábitos) que hacen agradable (además de posible) la vida en común. Cabe considerar, si no como valor superior en una escala, sí como base práctica de los restantes, el comportamiento “cívico”. Contribuir a la formación de ciudadanos es considerar como objetivo de la educación capacitar a los futuros ciudadanos, conjuntamente, tanto a ser individuos autónomos (“aprender a ser”), para orientarse de modo propio en la esfera pública; como a vivir con aquellas virtudes cívicas necesarias para asumir y profundizar la democracia (“aprender a vivir juntos”), que señala el Informe Delors. Una capacidad propia de juicio debe conjugarse con unos marcos comunes, propios de la identidad comunitaria, que conduzcan a solidarizarse, compartir y colaborar.
Este aprendizaje debe hacerse desde las múltiples posibilidades que ofrece la escuela y el entorno familiar y social: debe presidir la definición y puesta en práctica de los proyectos educativos del establecimiento escolar debe trabajarse en todas las actividades y, desde luego, en todas las áreas y materias. Debe estar presente dentro del recinto escolar y en el entorno que rodea a la escuela y en él debe participar el conjunto de la comunidad. Toda la sociedad tiene que intervenir en la puesta en marcha del proceso de implantación de estos aprendizajes, comenzando por todos los miembros de la comunidad educativa, hasta alcanzar a las familias y los municipios.

© 2024 Derecho Educativo