Derecho Educativo
El Derecho Educativo es el principal derecho humano

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RAUL EDILBERTO SORIA VERDERA: Es abogado y docente ha escrito extensamente sobre el Derecho Educativo; trabajó en escuelas secundarias y terciarias y en el asesoramiento legal del Ministerio de Educación de Catamarca. Fue profesor titular Universitario y se formo en posgrado de Derecho Público. Participó en Congresos y Paneles y dicta cursos y seminarios sobre Derecho Educativo. Es fundador y Director del CENTRO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACION EN DERECHO EDUCATIVO. Actualmente asesora a escuelas, docentes y padres sobre normas de convivencia y consejos escolares mediante la aplicación del Plan de Derecho Educativo para la Convivencia Escolar (P.D.E.C.E.).
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I.-Introducción
       
        La escuela actual es en general o conserva en particular una característica autoritaria, jerárquica, no dialogante, poco participativa; tiene una práctica que poco facilita una educación en derechos humanos. Se necesita construir, aunque sea en un proceso lento pero sostenido, una cultura escolar distinta. Esta Escuela debe propiciar una cultura de la comunicación, en donde padres, maestros, personal docente auxiliar, administrativo y alumnos se integren en espacios de dialogo para expresarse, comprenderse, aclararse, coincidir, disentir y comprometerse con su proceso educativo y desarrollo, tanto personal como social. En esta nueva escuela debe valorarse el saber universal y sistemático, pero a la vez el conocimiento de la realidad que tengan los alumnos. Solo en un espacio democrático podemos aprender y vivir para la dignificación del ser humano y el respeto de sus derechos.
        
         Resulta habitual pensar a la escuela como la encargada de formar al ser humano en lo cognitivo o intelectual, en tanto que quedaría reservado para la familia la formación afectiva. Sin embargo, en la actualidad ello se torna discutible, puesto que la persona debe ser formada integralmente y muchas veces la escuela debe asumir también el papel que la familia –por distintos motivos- fue dejando de cumplir.
        
         Surge entonces la necesidad de una educación en valores, que puedan servir a los niños, adolescentes y jóvenes, como referencia para la construcción de su propio proyecto personal de vida, integrándose a las demandas del contexto social y cultural.
          
         La educación en valores se fundamenta en el respeto mutuo del rol del docente, del alumnado y de la familia. Requiere la revalorización de la figura del maestro y el desarrollo de un código de actuaciones (normas, propuestas de acción) previamente consensuadas.
        
         Para promover una nueva escuela es necesario contar con un Derecho Educativo orientado hacia la equidad y calidad, cuyos objetivos a lograr sean: la educación intercultural, educación en conocimientos y habilidades para la vida, educación para la convivencia y la paz, educación para la equidad y para superar las barreras de aprendizaje en las necesidades educativas especiales.
 
         Como expresara Hans Kelsen: “El Derecho es por esencia un orden para preservar la paz”. La idea de derecho, por lo consiguiente, va unida al concepto de paz de modo que su justificación debe fundarse en el conjunto de instrumentos existentes relativos a los derechos humanos en el orden nacional e internacional.
 
         El derecho por lo tanto, está llamado a ser un actor principal en el desarrollo educativo, y siguiendo al Dr. Fernando Martínez Paz podemos decir que uno de los fundamentos claves de la política educacional es el fundamento jurídico; y que este fundamento junto a las del Derecho Educativo constituyen elementos estratégicos en todo proceso de transformación educativa.
 
 
II.-La importancia del Derecho Educativo en la educación actual
 
        En este punto –como tantos otros- vamos a seguir la doctrina establecida por el prestigioso jurista Dr. Fernando Martínez Paz, cuando entiende que para que el Derecho Educativo pueda cumplir una tarea importante en una política transformadora de la educación, es conveniente tener en cuenta los siguientes presupuestos y tareas:
 
         a) Que al Derecho Educativo se lo considere como un complejo normativo abierto que responda a las necesidades de una sociedad en transformación y en busca de nuevos modelos culturales, entre ellos los jurídicos-educativos. Es preciso superar, entonces, las concepciones que ven en el derecho un sistema jurídico cerrado y sin posibles contactos con la realidad.
 
         b) Que el Derecho Educativo forme parte del proceso social global, en el que la educación tiene un papel estratégico, y no sea una “legislación escolar” fragmentaria, interesada solo en responder a las cuestiones o conflictos internos de las instituciones educativas. Se trata de no identificar al derecho con los procesos de gestación de leyes aisladas, que suelen ser un obstáculo par los cambios y el desarrollo de la educación y los sistemas escolares.
 
         c) Que el Derecho Educativo forme parte del mundo jurídico multidimencional, considerado como una red de relaciones complejas que se desprende de la relación básica “hombre-sociedad-cultura-derecho”. En el caso del Derecho Educativo, también son elementos clave los fundamentos antropológicos, sociales, culturales, éticos, y jurídicos de la política educacional, por cuanto configuran una relación específica entre el derecho y la educación.
 
         d) Que sea el complejo de normas que regule los procesos educativos y sus instituciones, pero inserto en un mundo jurídico dinámico, coherente y vital, donde se reconozcan los derechos fundamentales (derechos humanos) en materia educativa a los padres, a los docentes, a los alumnos y al Estado.
 
         e) Que este complejo normativo sea un derecho configurador de espacios sociales y políticos de libertad para la iniciativa y la participación creadora, no solo un instrumento coactivo de control social. Es decir, que ofrezca garantías reales a las libertades jurídicamente protegidas –que no siempre se conocen o utilizan- y que identifiquen con claridad las necesidades sociales que debe satisfacer y los derechos que garantiza.
 
         f) Que desempeñe con eficacia su tarea social legitimadora organizando el poder social de la educación, distribuyendo el poder de decisión (político, económico y jurídico), fijando reglas de competencia, otorgando atribuciones y garantizando la justicia y la libertad.
 
         g) Que se valore al Derecho Educativo como uno de los factores clave del cambio educativo, para lo cual es necesario rechazar dos concepciones. En primer término, la idea mítica de la ley, según la cual su mera promulgación produce un cambio educativo; es una idea que aparece unida a alguna tradición de la “legislación escolar” y de la política jurídica argentinas. Y segundo lugar, aquella que cree que las normas jurídicas no son instrumentos idóneos y eficaces para promover o acelerar los cambios sociales.
 
         h) Que se tengan en cuenta sus importantes responsabilidades sociales, por cuanto configura y garantiza nuevas condiciones de vida. El derecho no solamente regula la conducta en situaciones existentes en la realidad, sino que también crea proyectos de convivencia capaces de organizar el futuro y orientar las expectativas, las actitudes y los comportamientos.
 
         i) Por último, que todos estos presupuestos y tareas estén apoyados en una ética jurídica configurada por el conjunto de principios, valores y criterios éticos-jurídicos articulados de una manera práctica y eficaz con las situaciones históricas concretas y con los complejos problemas de las sociedades contemporáneas.
 
         Para determinar el valor y la importancia del Derecho Educativo en el mundo jurídico de hoy el Dr. Fernando Martínez Paz –con su visión extraordinaria- expresa que la voluntad ética que anima al derecho debe entenderse como una fuerza social que lucha por las justicia y que debe culminar con el reconocimiento jurídico de todos los principios y derecho humanos para todos los pueblos y que no debe ser concebido como una fuerza simplemente individual.
 
         Para terminar con este punto sobre la importancia actual del Derecho Educativo, no hacemos eco de lo aconsejados por este prestigioso doctrinaria respecto a la necesidad imperiosa de incorporar al currículum de las instituciones educativas el fundamento jurídico, en el que se aborden la reflexión, el análisis y la investigación sobre el significado del Derecho Educativo como uno de los elementos estratégicos para la construcción de un mundo jurídico complejo y multidimensional.
 
 
III.-El mundo de los valores
 
        Educar en valores supone contrarrestar ciertos criterios que contribuyen a perpetuar la injusticia, el conformismo y el etnocentrismo cultural. El etnocentrismo cultural guarda relación con la perpetuación de los mecanismos legitimadores de la guerra, el conflicto y la aceptación de la idea de “enemigo”.
 
         La humanidad hasta ahora se ha mostrado dividida en tribus, naciones, castas etc. Cada una afirma de sí una idea colectiva específica o incluso inmortalidades históricas que tienden a crear la mitología de que son el centro del universo, hasta el punto de imposibilitar el reconocimiento del otro como igual en situaciones conflictivas.
 
         La solución puede estar en el cultivo de valores alternativos, que pudieran dar lugar a una cultura distinta que valore las diferencias como muestra de la riqueza cultural de un pueblo.
 
         La educación debe proporcionarles una formación que les permita conformar su propia identidad, que permita socializar al individuo para disminuir la conflictividad, a utilizar un dialogo interactivo entre docentes, alumnos y familias para asimilar e integrar valores, actitudes y normas.
 
         Se hace necesario en la sociedad actual concientizar que los valores nos acompañan toda la vida, para ello es necesario potenciar actitudes y principios que configuren y modelen las ideas, los sentimientos y las actuaciones de la comunidad educativa, los valores ayudan a crecer y hacen posible el desarrollo armonioso de todas las cualidades del ser humano.
        
         Es imprescindible aprender a saber cómo es uno mismo, qué significa los propios sentimientos, como hacerse entender y como entender a los otros, aprender a escuchar, a estar disponible, a ser tolerante, a convivir con los demás, a trabajar, a ganar y perder, a tomar decisiones etc.; es necesario desarrollar una serie de habilidades que hagan emerger las capacidades de responsabilidad, seguridad, autoestima, tolerancia, cooperación, generosidad, honradez, el bien común sobre el individual y el respeto mutuo para la convivencia.
 
         Hay que tener en cuenta que todo ser humano tiene derecho a que se le eduque y el deber de contribuir a la educación de las demás personas. Estos términos de derecho y deber son vitales para forjar el cimiento de una sociedad de aprendizaje para la paz y el desarrollo en un mundo dividido y sometido a continuos y profundos cambios. Educar es despertar el potencia creativo de la persona, desarrollar todas sus capacidades y forjar actitudes de tolerancia y comprensión. La educación es la clave para edificar la paz, para consolidar un marco más equilibrado y menos asimétrico, para vivir todas y todos juntos, personas diferentes pero unidad por los principios democráticos de justicia, libertad, igualdad y solidaridad.
 
         Es necesario tener presente que en esta sociedad actual, la sociedad de la información, la escuela ha dejado de ser la principal instancia transmisora de conocimiento y agente de socialización, y el alumnado tiene la oportunidad de acceder a diferentes contextos de aprendizaje además del escolar y está sujeto a fuertes influencias de valores y comportamientos ajenos y distantes a los escolares y familiares. Esta nueva situación exige dotar al alumnado de las estrategias necesarias que le permitan ser un agente activo y crítico, comprometido con su propio desarrollo y el de su entorno, para lo cual necesita construir unos valores propios y sólidos.
 
         Por eso, sigue siendo importante promover y abordar a través de la educación: la igualdad entre hombres y mujeres, el cuidado de uno mismo, y el de las demás personas, el cuidado del medio ambiente, la participación social responsable y transformadora.
 
         La propuesta y el desafío es que por medio del Derecho Educativo, se recupere la escuela como espacio donde se construye lo cívico y se aprende a consensuar un marco justo al contrastar los diferentes proyectos individuales o colectivos y al respetar las diferencias personales y culturales. Que se contribuya, mediante las relaciones jurídicas, a la creación de personas más justas y dialogantes, más tolerantes y más solidarias. Personas que cooperen en la creación de un entorno donde la agresión, la violencia y la injusticia no tengan cabida a la hora de resolver los problemas de las personas y de las comunidades.
 
         Los integrantes de la comunidad educativa necesitan conocer que los valores democráticos no son letra muerta, sino que, por el contrario, tienen un contenido vivo, real y que evolucionan a medida que progresa la sociedad, salvaguardando en todo momento la libertad de todo ser humano y la dignidad humana representada en los derechos fundamentales de la persona.
 
         Por medio del Derecho Educativo se debe crear un sistema normativo admitido por la sociedad y que incluya una serie de valores, de prohibiciones y de derechos y deberes. Para empezar, son necesarias nuevas formas sociales, estilos, cuestionar siempre y en todas las cosas la violencia como manera de resolver conflictos, valoración pública y notoria del ejercicio de valores como el respeto, la justicia y la solidaridad.
 
          Esto implica, por un lado, superar los valores culturales colectivos impuestos que impiden el desarrollo personal positivo y, por otro, establecer acuerdos que potencien todo aquello que ayude a que cada ser humano integrante de la comunidad educativa pueda elegir desde sí mismo su programa de vida sintiendo que se le valora y reconoce, respetando a su vez a cada una de las demás personas.
 
 
III.-Educar para la convivencia y la paz.
 
        La escuela, la familia, la sociedad en su conjunto ha de dar los pasos necesarios para que desde que nacen, los niños y niñas aprendan a vivir en libertad, respeto y solidaridad. Hacerlo sin prisa pero sin pausa, en un proceso educativo constante y consciente que propicie la autorregulación a través de la voluntad y del deseo de lo bueno. La participación en este proyecto colectivo que es la educación de los nuevos miembros de la sociedad, para que no sólo continúen la obra iniciada sino que la reconduzcan, la mejoren y la tornen más humana, ha de ser un compromiso en el que las familias y la escuela en primera instancia vayan de la mano, potenciándose mutuamente y guiadas por el Derecho Educativo.
 
         Por medio del Derecho Educativo  se debe desarrollar  Proyectos Educativos y Curriculares, basados en la inclusividad, la equidad y la convivencia democrática, compartidos por todos los docentes, el alumnado, las familias, y la comunidad social donde se inserta la escuela.
 
         Al poner en marcha las interrelaciones jurídicas entre los sujetos integrantes de la comunidad educativa se debe concientizar sobre los valores y principios que conforman las normas del Derecho Educativo, y que conforman actitudes, comportamientos y competencias en el desarrollo de una convivencia positiva, basada en estrategias para prevenir y transformar conductas negativas, superando los conflictos y la sanción como medio de corrección, fomentando la participación e implicación de los sujetos de la comunidad educativa mediante la implementación del dialogo y el respeto mutuo de los derechos y deberes reconocidos por las normas de convivencia.
 
         Hoy por medio del derecho en las escuelas se debe fomentar un proceso de desarrollo de la personalidad, continuo y permanente, inspirado en una forma positiva de aprender a vivir –consigo mismo y con los demás- en la no violencia, y en la creación de ámbitos de justicia, respeto y armonía. Esto implica necesariamente un cambio de actitudes profundas en las relaciones cotidianas dentro de la comunidad educativa, renunciando a relaciones de carácter negativas que propician la competitividad, el individualismo y la discriminación.

         Por medio del Derecho Educativo debemos descubrir, sentir, valorar y vivir con esperanza las capacidades personales como realidades y como medios eficaces que podemos poner al servicio de los demás y que pueden contribuir a un desarrollo positivo y armónico de la vida y del humanismo.

         Es necesario reconocer y valorar la propia agresividad como una forma positiva de autoafirmación de la personalidad, y ser capaz de canalizarla, permanentemente, hacia conductas y actividades que promuevan y favorezcan el bien común.

         Debemos aprender a desarrollar la sensibilidad, la afectividad y la ternura en el descubrimiento y en el encuentro con las personas que nos rodean, tanto a un nivel más próximo, como a un nivel más universal; y sentir el gozo que produce el encuentro interpersonal cuando se desarrolla en un clima de afectividad, de confianza, de respeto, de colaboración y de ayuda mutua.

         Las normas jurídicas deben construir y potenciar unas relaciones de diálogo, de paz y de armonía en el ámbito escolar y, en general, en todas nuestras relaciones cotidianas
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         Debemos aprender a reconocer y tomar conciencia de las situaciones de conflicto que puedan presentarse, descubriendo y reflexionando sobre sus causas y siendo capaces de tomar decisiones frente a ellas, para solucionarlas de una forma creativa, fraterna y no violenta.

         En definitiva el Derecho Educativo para la convivencia y la paz,  nos debe enseñar a desarrollar la atención y el interés ante el hecho de la diversidad de las personas y de las culturas de los pueblos, reconociendo y potenciando esa diversidad como un gran valor, y actuando siempre, frente a ella, con una actitud abierta, respetuosa y tolerante.
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