Derecho Educativo
El Derecho Educativo es el principal derecho humano

Menú

| Más
RAUL EDILBERTO SORIA VERDERA: Es abogado y docente ha escrito extensamente sobre el Derecho Educativo; trabajó en escuelas secundarias y terciarias y en el asesoramiento legal del Ministerio de Educación de Catamarca. Fue profesor titular Universitario y se formo en posgrado de Derecho Público. Participó en Congresos y Paneles y dicta cursos y seminarios sobre Derecho Educativo. Es fundador y Director del CENTRO DE ESTUDIOS, INVESTIGACIÓN Y CAPACITACION EN DERECHO EDUCATIVO. Actualmente asesora a escuelas, docentes y padres sobre normas de convivencia y consejos escolares mediante la aplicación del Plan de Derecho Educativo para la Convivencia Escolar (P.D.E.C.E.).
ESPERO TU CONTACTO, OPINIÓN O CONSULTA EN: derechoeducativo@hotmail.com

Si buscas hosting web, dominios web, correos empresariales o crear páginas web gratis, ingresa a PaginaMX
Por otro lado, si buscas crear códigos qr online ingresa al Creador de Códigos QR más potente que existe


CAPACITACION EN DERECHO DOCENTE

10 Jun 13 - 17:34

La enseñanza, más que una profesión, es una "misión" a la que uno se entrega, lo cual supone una gratuidad proclamada que no se condice con lo que la sociedad espera de una profesión, entendida como actividad de la cual se vive, es decir, de la que se obtiene un ingreso y una serie de ventajas instrumentales (salario, prestigio, etc.).
 
Esto hace del docente una categoría social con perfil propio y diferenciado del resto de los profesionales e intelectuales clásicos. Este equilibrio inestable entre elementos distintivos diversos y hasta opuestos constituye la particularidad del oficio de enseñar.
 
El carácter profundamente relacional de la actividad docente, la convierte en una función directamente relacionada con la reproducción de la sociedad y por lo tanto le da un carácter especial.
 
En la definición de la excelencia docente, el compromiso ético moral con el otro, una cierta actitud de entrega y desinterés, adquieren una importancia fundamental en el desempeño del oficio.
 
Por otro lado, el oficio docente está en las antípodas del trabajo autónomo. La mayoría de los docentes prestan servicios en instituciones escolares estatales. Por lo tanto el docente es, en la mayoría de los casos un funcionario asalariado, que trabaja en relación de dependencia y recibe un salario (y no honorarios). Como tal es un trabajador que en muchos casos está sindicalizado y lucha colectivamente por la defensa y mejora de sus condiciones de trabajo.
 
La incorporación prácticamente universal de la Convención Internacional de los derechos del niño, es un indicador del grado de institucionalización alcanzado por estas nuevas relaciones de poder intergeneracional. Hoy los niños y adolescentes son considerados como sujetos de derecho. No sólo tienen deberes y responsabilidades iguales a los mayores, sino que se les reconoce capacidades y derechos.
 
Las instituciones educativas tienen que tomar nota de esta realidad y transformar sus dispositivos, en especial aquellos que regulan las relaciones de autoridad entre profesores, directivos y alumnos, las que organizan el orden y la disciplina y aquellas que estructuran los procesos de toma de decisión. Habrá que reconocer que los adolescentes y jóvenes tienen derechos específicos (a la identidad, a expresar sus opiniones, a acceder a la información, a participar en la definición y aplicación de los acuerdos que organizan la convivencia, a participar en la toma de decisiones, etc.)Y habrá que diseñar los mecanismos institucionales que garanticen su ejercicio
 
Por último su condición de profesional deviene del hecho de que el desempeño de su actividad requiere el dominio de competencias racionales y técnicas que son exclusivas de su oficio como es el caso del Derecho Educativo.
 
La expansión del fenómeno de la pobreza extrema, la vulnerabilidad y de la exclusión de grandes grupos de familias, niños y adolescentes del sistema productivo y del consumo (y sus fenómenos asociados de violencia social, desintegración familiar y social, etc.) tiene efectos directos sobre el trabajo e identidad profesional de los docentes de educación básica.
 
Mientras algunos celebran el advenimiento de las NTIC como el principio del fin del oficio de enseñar, otros consideran que ellas ofrecen una inmejorable oportunidad para completar el proceso de profesionalización de los docentes.
 
Las escuelas como instituciones que se desarrollan en espacios físicos determinados y los maestros que realizan su tarea de enseñanza-aprendizaje en relaciones cara a cara con un grupo de alumnos serían obsoletas
 
Lo más probable es que los nuevos recursos tecnológicos contribuirán a elevar sensiblemente la profesionalidad del docente. Al igual que la vinculación entre formación y trabajo, las nuevas tecnologías obligarán al docente a constituirse en una especie de gestor y organizador de procesos de aprendizaje. El docente del futuro será un movilizador de recursos múltiples, tradicionales (la palabra, el cuaderno, el libro) y modernos (PC, internet, etc.).
 
La aceleración de los cambios sociales en la ciencia, la tecnología y la producción social obliga a una actualización permanente de los docentes para que la formación que ofrecen esté a la altura de las demandas sociales.
 
Hoy los docentes, al igual que otros agentes profesionales, están sometidos a una exigencia de cambio rápido, que requiere la movilización de recursos de aprendizaje que no siempre han tenido oportunidad de desarrollar durante su etapa formativa o en su experiencia de trabajo.


Agregar un comentario

Tu nombre o Ingresar

Tu dirección de correo (no se mostrará)

¿De qué color es el pasto? (chequeo de seguridad)

Mensaje *

© 2024 Derecho Educativo